Tribunal Ambiental Flexibiliza Operaciones de Quiborax
El Primer Tribunal Ambiental ha modificado parcialmente la medida cautelar que pesaba sobre las operaciones de Quiborax en el Salar de Surire, en la Región de Arica y Parinacota, desde septiembre de 2024. La nueva resolución autoriza a la empresa a cargar, retirar y transportar material acopiado, así como a realizar una explotación limitada de ulexita fuera del Monumento Natural «Salar de Surire». Esta flexibilización está sujeta a estrictas condiciones ambientales y a la presentación de un Plan de Trabajo detallado que deberá ser validado por la empresa y el Tribunal, buscando equilibrar el desarrollo minero con la conservación del ecosistema.
La decisión, tomada tras una audiencia de revisión el 13 de mayo, con dos votos a favor y uno en contra, extiende la autorización excepcional para la nivelación de áreas intervenidas en 2024 y el retiro de ulexita hasta noviembre de 2025. Además, se aprobó un régimen de explotación restringido en seis polígonos específicos fuera del área protegida. Entre los requisitos clave para Quiborax se incluye la entrega de un Plan de Trabajo que delimite con precisión los polígonos de extracción, incorpore estudios topográficos, caracterización ambiental y de fauna, e identifique impactos y riesgos, priorizando la protección de especies sensibles como los flamencos y la preservación de cuerpos de agua y la napa freática.
El fallo responde a un cambio de circunstancias y busca aplicar el principio de proporcionalidad en las medidas cautelares. El Tribunal consideró que la propuesta de Quiborax, al estar acotada en tiempo y espacio (entre junio y noviembre de 2025, con una profundidad máxima de extracción de 60 cm), permite reducir los riesgos ambientales y es compatible con los objetivos del sitio Ramsar. Se imponen medidas específicas como la delimitación de zonas de exclusión alrededor de cuerpos de agua y nidos, y protocolos de paralización en caso de detectar especies sensibles, garantizando la minimización de impactos ecológicos. La prohibición total de operaciones dentro del Monumento Natural permanece vigente, y toda actividad fuera de él está supeditada a la aprobación del plan exigido por el Tribunal.